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Modo Ferry del tacógrafo digital

El conocido como modo ferry del tacógrafo, identificado como “trayecto en transbordador/tren” en la legislación, es específico para los trayectos en los que el movimiento no procede del vehículo. Es una de las llamadas “condiciones específicas”. Ya hemos hablado del modo “fuera de ámbito”, el otro tipo de entrada que entra en este grupo. A continuación repasamos el modo ferry del tacógrafo y cómo usarlo correctamente.

El modo ferry en la legislación

El modo ferry del tacógrafo queda justificado en el preámbulo del Reglamento (CE) 561/2006. Como bien dice este documento legal, muchos de los transportes realizados a través del territorio europeo incluyen rutas marítimas o de ferrocarril. Para estos casos se hace necesario flexibilizar los tiempos de conducción y descanso. De esta forma, la jornada podría adaptarse a la ruta en lugar de ser castigada por ella.

Así, surge el “modo ferry” en la legislación del tacógrafo. Como ya hemos dicho, se refiere a esos casos en los que el vehículo se está moviendo, pero en otro método de transporte, como un barco transbordador o un “ferroutage” o autopista ferroviaria. Estos no son manejados por el conductor del camión o autobús y por tanto no computarán para los tiempos de conducción y descanso.

Además, el Reglamento (CE) 561/2006 también indica que el modo ferry podrá usarse como descanso diario normal, siempre y cuando se den dos condiciones:

  • Que el transbordador o el tren usado ponga a disposición del conductor una cama o litera, diferente a la que tiene el vehículo transportado.
  • Además del tiempo que ha durado el viaje en transbordador o en tren, se descanse las horas necesarias para llegar al descanso diario correspondiente, sea este un descanso normal o fraccionado. Por ejemplo, si el viaje en barco ha durado 7 horas y la entrada y salida a la bodega ha supuesto otra hora, al tomar tierra habrá que buscar un aparcamiento para descansar las 3 horas restantes para completar el descanso diario normal de 11 horas. La legislación no menciona el descanso diario reducido para estos casos.

Cuándo usar el modo ferry del tacógrafo

Como el propio nombre indica, y según respalda la normativa, el modo ferry deberá usarse siempre que se tome un transbordador o una autopista ferroviaria. No es necesario usar este modo como descanso o ajustado a unas horas específicas. Sin embargo, vemos que puede coordinarse con los descansos para aprovechar al máximo las horas de conducción de la jornada.

Otro apunte que hace la legislación es que el modo ferry y el modo fuera de ámbito son incompatibles. Así, si se está realizando una conducción fuera de ámbito no podrá usarse el modo ferry del tacógrafo.

Interrumpir el descanso en el modo ferry del tacógrafo

El Reglamento (CE) 561/2006 establece que “el periodo de descanso normal de un conductor que acompañe un vehículo transportado por transbordador o tren podrá interrumpirse este periodo de descanso dos veces como máximo […] sin que excedan en total de una hora”. Estas dos interrupciones consideradas en la legislación se emplean habitualmente para la entrada y salida del barco o del tren. De esta forma, puede aprovecharse todo el tiempo que dure el viaje en ferry o tren para descansar. Habrá que ir con cuidado de no hacer más de dos interrupciones, porque entonces el tacógrafo lo registraría como una interrupción del descanso.

En cuanto al cómputo de horas de conducción, estas dos interrupciones consideradas en la norma seguirán formando parte del descanso.

Por otro lado, la legislación dice que esta interrupción al descanso puede aplicarse al descanso diario normal y al descanso semanal reducido. Se trata de un cambio reciente procedente del Paquete de Movilidad Europeo de 2020, y trasladado al ámbito español en la Instrucción Circular 1/2021. Así,  se aclara la libre interpretación que el Reglamento (CE) 561/2006 dejaba acerca de los tipos de descanso en los que podia aplicarse esta flexibilización. En cuanto al descanso semanal normal, la norma indica que también podrá interrumpirse usando este método, pero sólo en caso de que el viaje tenga una duración prevista de 8 horas como mínimo.

Demostrar el viaje en transbordador o tren

Vemos que el modo ferry del tacógrafo puede ser muy ventajoso para el usuario, y las autoridades no quieren que se abuse del mismo para conducir durante más horas de las permitidas. Por ello, además de registrar el modo ferry de forma correcta en el tacógrafo digital, será necesario guardar el billete de barco o tren.

Como ya hemos dicho en varias ocasiones, la información del tacógrafo es vital para el trabajo de las empresas de transporte. Así, cualquier información complementaria, aunque no forme parte de la documentación reglamentaria del tacógrafo, puede venirnos bien para demostrar determinados usos.

Conclusión

Como conclusión, podemos afirmar que el modo ferry del tacógrafo es una herramienta muy útil para aprovechar al máximo las horas muertas de transbordadores y trenes. Usarlo de forma correcta, al igual que el resto de modos del tacógrafo, nos ayudará a optimizar al máximo nuestro tiempo de conducción.

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45 comentarios en «Modo Ferry del tacógrafo digital»

  1. Una duda:si por ejemplo haces en el ferry 9 horas y diez minutos sin moverte, se cuenta como descando?
    Contaría como descanso reducido

    1. Hola Samuel,

      Si el ferry te proporciona una cama (diferente a la del vehículo), el modo ferry se contará como descanso. Si quieres computarlo como descanso diario, deberás organizar tu jornada acorde a ello. La ley sólo reconoce esta posibilidad para el descanso normal y el fraccionado, por lo que hay diferentes interpretaciones.

      Si, por el contario, en el ferry no tienes cama, deberás usar el modo disponibilidad, que como ya vimos en esta entrada dedicada, no es conducción ni otros trabajos, pero tampoco es descanso. En este caso, deberás realizar las pausas y descansos a mayores.

      Esperamos haber resuelto tu duda.

    2. Esta tarde llegue al puerto de chivitavequia en Italia a las 3 de la tarde y puse el tacografo en ferry, esperando el embarque el viaje dura 2 días ese tiempo es válido para el descanso semanal????

      1. Hola Eusebio,

        tal como se indica en el artículo el Reglamento (CE) 561/2006 también indica que el modo ferry podrá usarse como descanso diario normal, siempre y cuando se den dos condiciones y siempre indicando los descansos como finalizar jornada.

        Esperamos haberte resuelto la duda.

      2. Juan Justo Remigia Olmos

        Embarcó Domingo por la noche a Palma de Mallorca desde Valencia y hago 5 embarques a la semana acabando viernes tarde noche. Como computan las horas de trabajo,

        1. Hola Juan,

          el tiempo que ha durado el viaje en transbordador o en tren, se descanse las horas necesarias para llegar al descanso diario correspondiente, sea este un descanso normal o fraccionado. Por ejemplo, si el viaje en barco ha durado 7 horas y la entrada y salida a la bodega ha supuesto otra hora, al tomar tierra habrá que buscar un aparcamiento para descansar las 3 horas restantes para completar el descanso diario normal de 11 horas.

          Esperamos haber resuelto tu duda.

    1. Hola Gaby,

      La ley sólo menciona usar el modo ferry para interrumpir el descanso diario normal, por lo que hay diferentes interpretaciones al respecto. Para tener una respuesta definitiva, contacta con el Ministerio de Transportes, ya que la interpretación válida es la dada por ellos.

      Esperamos haberte ayudado

  2. Buenos dias,

    Tengo una consulta, si me quedo sin disco a falta de menos de una hora para llegar al Puerto donde e de embarcar, puedo utilizar el modo ferry para aprovechar esa hora y llegar a Puerto??

    gracias

    1. Hola Javier,

      El uso que propones se saldría de la definición del modo Ferry, ya que no lo usarías para hacer movimientos necesarios dentro del trasbordador sino para alargar tu jornada. Además, ten en cuenta que siempre se debe justificar el uso del modo ferry presentando el billete del barco, y si lo usas de la forma que propones los registros no coincidirán y podrán sancionarte.

      Esperamos haber aclarado tu duda.

  3. Hola buenas, tengo una duda, el tiempo en modo ferry también cuenta como disponibilidad diaria?? Es que según mis cálculos me pasaría 2 horas de las 15 diarias. Gracias

    1. Hola Joan,

      No existe un concepto de «disponibilidad diaria» en la legislación del tacógrafo. La disponibilidad es tiempo durante el que no se está trabajando pero uno se encuentra disponible para conducir.

      Si usas el tiempo en ferry como descanso diario como se indica en el artículo, tu jornada acabará cuando empiece el viaje en ferry por lo que no incurrirás en sanción. Si no te resulta posible, ya sea porque el trasbordador no tiene camarote o porque no terminas el descanso al volver a tierra, pueden sancionarte por minoración del descanso diario.

      Esperamos haber resuelto tu duda.

  4. Hola buenas mi duda es si llego al primer puerto a las 8 de la mañana pongo descanso y a continuación país final,interrumpo mi descanso a las 10 de la mañana hago 15 minutos llego a la bodega del barco pongo ferry y a continuación descanso hago 2:30 horas de viaje y tengo camarote y el billete interrumpo otra vez 30 minutos para salir y llego al parking y pongo descanso y ya no empiezo mi jornada hasta las 20 de la tarde está bien o me he equivocado, gracias

    1. Hola Juli,

      La interrupción del descanso para entrar al trasbordador debe hacerse después de activar el modo ferry del tacógrafo, nunca antes. Si mueves el camión y después pones ferry, el descanso que hayas hecho antes del movimiento no te contará para el descanso durante el ferry y puedes no llegar a las horas de descanso mínimas obligatorias.

      Esperamos haberte ayudado.

    1. Hola de nuevo Juli,

      Efectivamente, también deberás hacerlo a la salida si no has completado el tiempo de descanso sólo con el trayecto en ferry. Si necesitas verlo más claro, imprime un ticket de 24h de actividades de la jornada en que usaste el modo ferry. Verás que el tiempo que pasaste en el trasbordador está delimitado entre líneas y con el símbolo del modo ferry. El tiempo que se encuentra entre estas líneas será el que te contará como descanso diario normal. Así, todo el movimiento que quede fuera de esas líneas será considerado conducción normal.

      Esperamos haberte ayudado.

  5. Vale vale entonces llego a la terminal del puerto de embarque ahí pongo descanso mas país final y cuando me dispongo a mover el camión justo antes pongo ferry en el tacografo y una vez dentro del barco pongo descanso después cuando me dispongo a salir del barco justo antes de mover pongo otra vez ferry, no es así

    1. El modo ferry se desactiva cada vez que el tacógrafo detecta movimiento. Debes activarlo manualmente durante la parada antes de entrar al ferry, dentro de la bodega del barco y cuando salgas del barco y hayas aparcado para hacer las horas de descanso que te faltan. El tiempo total en parada antes, durante y después del ferry, más los movimientos para entrar y salir, deben sumar 11 horas. Si lo activas cuando empiezas el movimiento se desactivará al instante y no se registrará nada como ferry.

    2. Hola
      Tengo la duda de cuando se hace el cierre diario yendo en barco y usando el modo Ferry, es decir, puedo usar el modo Ferry sacando mi tarjeta? ¿Saco la tarjeta solamente durante la travesía y la pongo para embarcar y desembarcar en modo Ferry? ¿O en cambio la tarjeta debería ir siempre puesta?

      1. Hola Óscar,

        Tal como nos indicas será de forma diferente si estás en travesía y descansando de si embarcas/desembarcas, según normativa la tarjeta deberá ir insertada mientras estás dentro del vehículo.

        Esperamos haberte sido de ayuda.

  6. Hola si por algún motivo hiciese varios movimientos antes de subir al barco podría volver activar el modo ferry para tener de nuevo los 2 movimientos y la hora de subida y baja del barco gracias

    1. Hola Jose,

      Para poder usar el tiempo en el trasbordador como descanso, el máximo establecido está en 2 interrupciones, ni una más. Ya que el modo ferry se desactiva cada vez que el vehículo se mueve, deberás reactivarlo después de cada interrupción, pero eso no te da «movimientos extra». Por tanto deberás organizarte para no superar las dos interrupciones, y asegurarte de que si tu vehículo se detiene durante esos movimientos (por ejemplo en la cola para entrar o salir) el tacógrafo no cambie a descanso.

  7. Buenas tardes. Mi duda es la siguiente, si pongo el modo ferry antes de subir al barco en Barcelona y bajo en Italia y he hecho 24 horas en modo ferry, ¿computaría como descanso semanal reducido? Porque todos los ejemplos que leo son para trayectos cortos en los que sí se establece descanso normal diario pero no veo nada para los trayectos largos como el caso que comento. He leído el reglamento y la verdad que en el artículo 9 punto 2 deja la duda a este tema.
    Gracias por atenderme.
    Saludos

    1. Hola Josep,

      Como tú bien indicas, el reglamento (CE) 561/2006 sólo hablaba del descanso diario normal para este caso, y en el resto de casos quedaba a la interpretación de los agentes que hicieran un control o una inspección.

      Esto ha cambiado recientemente. Con la última modificación del reglamento (CE) 561/2006 se incluyen los descansos semanales normales y semanales reducidos en los tipos de descanso que pueden interrumpirse durante el viaje en ferry. Así, y para resolver tu pregunta, el descanso semanal reducido puede interrumpirse para entrar y salir del ferry en las mismas condiciones que el descanso diario.

  8. Por tanto, si por ejemplo por retrasos y averías de barco llego a puerto con más de 45 horas sin conducir y en modo ferry, éstas contarán como un descanso semanal normal y deberé llevar la carta de actividades pues para internacional es necesario llevarla a partir de las 45h, correcto?

    1. Hola Josep,

      Los descansos reglamentarios no deben justificarse con certificado de actividades. Además, la última actualización de la normativa ha eliminado el uso de este documento, aunque depende de cada país a partir de cuándo dejan de aceptarlo.

      Igualmente, si no has movido el camión desde que el ferry salió del puerto, todo el registro figurará con la condición especial ferry y sin movimiento. Si en el barco tenías una cama donde dormir, es válido realizar el descanso semanal normal así.

      Si, en cualquier caso, crees que no es documentación suficiente, pide en el puerto que te firmen un documento indicando que el barco ha tenido una avería y que eso ha motivado el retraso.

  9. Una duda, cuando la norma ferry habla de dos movimientos como lo interpretamos,? Al llegar al puerto ponemos ferry y embarcar no es problema, supone 5 minutos entrar en la bodega, el problema llega cuando salimos del ferry y pasamos varias horas en el registro de los Camiones avanzando lentamente hasta salir al país, es ahí donde se rompe la pausa ferry.??
    gracias

    1. Hola Javi,

      Las interrupciones del descanso se consideran cambios de actividad a otro modo diferente a «descanso». Por tanto, al entrar y salir del ferry deberás asegurarte de que el tacógrafo no se ponga solo en descanso si la marcha en la cola es muy lenta y te vas parando. Vigila en todo momento que, cuando te pares en la cola, el tacógrafo no cambie él solo a descanso y, si lo hace, haz tú manualmente el cambio a «otros trabajos» lo más rápido posible. Si la actividad pasa a descanso, la siguiente vez que te muevas se contará como otra interrupción del descanso y romperá el ferry.

      En cualquier caso, esos dos movimientos deben durar, como máximo y sumando los dos, una hora para poder contarlos como descanso. Si pasas varias horas en el registro, sólo podrás usar el tiempo en ferry como pausa si antes de entrar y durante el viaje has hecho las horas necesarias de descanso, porque no podrás terminar el descanso al salir ya que te estás excediendo en las interrupciones.

  10. Hola Buenos días.Por favor me gustaría saber que ocurre si salgo de el barco de el barco y se me olvida durante muchas horas quitar el modo ferry.Ya qui mi tacografo no se quita solo

  11. Buenos días
    Mi consulta es es la siguiente. Yo termino el servicio en un hotel pongamos que a la 1:00 de la madrugada pero a las 8:00 tengo que estar en el puerto para embarcar, un trayecto de unas 6 horas en ferry y dispongo de camarote con cama. Como debo actuar para que el movimiento entre el Hotel y el Ferry no interrumpa el descanso diario?
    Gracias
    Luis

    1. Hola Luis,

      En tu caso, debes poner el modo ferry desde que paras el vehículo antes de entrar al hotel, a continuación otra vez al meter el vehículo en la bodega del barco y, por último, al salir del barco si todavía no has completado el tiempo de descanso diario que te corresponde.

      Sin embargo, y en tu situación, sólo podras usar el ferry como descanso si el trayecto desde el hotel al barco y el trayecto de salida del barco en destino no superan la hora de movimiento entre los dos. Si al sumar el tiempo que duran esos dos trayectos pasas la hora de reloj, el tiempo en ferry no te contará como descanso.

  12. Hola buenas :si yo entro en barco, pongo ferry, después de 6 horas de trayecto muevo 30 minutos para bajar y aparcar para seguir haciendo descanso hasta las 11h. Que tengo que poner cama o ferry?

    1. Hola Javier,

      Si vas a realiza un descanso tendrás que poner el icono de cama después de activar el vehículo esos 30 minutos.

      Esperamos haberte sido de ayuda.

  13. Buenas tardes,voy de Valencia a Barcelona, como el ferry a Menorca hago 9h. De trayecto y debo llegar a tienda antes de las 08,00h. Me son válidas 9h.de descanso en ferry,puedo ir a tienda en modo ferry para terminar 11h.estando la tienda a menos de 1 h.,al regreso si me da para hacer 11h. Por espera de embarque y trayecto.me valdrían en tres viajes ,tres pausas de 9h.y tres pausas de 11h.gracias

  14. Buenos tardes,
    Me he leído todos los comentarios sobre ferry, y aún así tengo alguna duda porque el otro día al desembarcar algo debí hacer mal y me marcó el tacografo que tenia que hacer el descanso de 9h. ( creo que hice igual que todas las otras veces… ) Si te parece te expongo el caso particularmente y ver si puedes decirme dónde está el fallo.

    Lunes
    Meto tarjeta a las 09:00, hago mis trabajos de carga en el cliente y hago viaje a Valencia para embarcar por la noche.
    19:30 llego a Valencia y en el parking pongo modo ferry.
    21:30 arranco para embarcar modo ferry. Viaje a Mallorca modo ferry
    06:00 arranco para desembarcar modo ferry, salgo del puerto hasta area de descanso proxima en modo ferry y pongo cama 30 minutos hasta completar las 11 horas de descanso y al llegar las 11 horas de descanso, cierro jornada y abro jornada en Mallorca.

    Martes
    07:00 abro jornada en Mallorca
    07:00 hasta 10:30 trabajos de descarga y carga
    10:30 llegada a puerto de Mallorca y activo modo ferry.
    11:30 embarque en modo ferry
    18:00 llegada a Valencia, desembarque en modo ferry hasta area de descanso.
    En area de descaso completo las 3 horas y media que me faltan hasta las 11 horas en modo cama.
    22:00 Cierro jornada en Valencia y abro jornada nueva, conduzco 4 horas y media hasta mi casa y hago descanso de 9 horas.
    02:30 Llego a mi casa y cierro jornada hasta las 11:30 del miercoles con 9 horas de descanso reducido.

    Como el descanso en el barco tanto a la ida como a la vuelta son de 6 o 7 horas aprox , ¿ está bien hecho que en el viaje de ida el descanso de 11 horas se hagan entre » la espera en el puerto hasta embarcar + horas de barco + las horas que falten hasta las 11 en una area de descanso al desembarcar »

    Y en el viaje de vuelta, hacer 1 hora de ferry esperando a embarcar + 7 horas de ferry de vuelta + 3 horas de cama en area de descanso al desembarcar en Valencia.

    De este modo en 2 días tengo 3 jornadas de trabajo.

    Crees que hay algo mal hecho ¿?

    Muchas gracias, un saludo,.

    1. Hola Cristian,

      Según nos expones, te recomendamos hacer revisión de tacógrafo e incluso un informe de conductor para averiguar correctamente dónde se produjo el error que nos indicas y no volver a hacerlo.

      Esperamos haberte sido de ayuda.

    1. ¡Hola Sergio!

      En traslados en ferry de hasta 4 horas entre islas, el modo ferry del tacógrafo podrá conmutarse por un descanso, aunque el trasbordador no disponga de camas o literas para los conductores. Que haya camas para los chóferes es requisito para conmutar el modo ferry por descanso en la legislación general. De esta forma, se elimina este requisito. Sin embargo, el descanso hecho en ferry bajo el Decreto Insular no podrá formar parte de la fracción de descanso diario de 8 horas.

      Puedes encontrar más información en este post: Tacógrafo en Canarias y Baleares: El Decreto Insular

      Muchas gracias

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