Saltar al contenido
TADIG > Blog > Sobre el Transporte Especial de mercancías por carretera

Sobre el Transporte Especial de mercancías por carretera

El transporte por carretera es una alternativa muy utilizada de cara al traslado de mercancías. La densidad de carreteras garantiza que prácticamente todo el territorio español es accesible por estas vías. Sin embargo, el transporte por carretera tiene ciertas limitaciones establecidas por la normativa. En algunos casos, estos límites entorpecen el transporte de determinadas mercancías, ya sea por dimensiones o por otras cuestiones como que se trate de mercancías peligrosas, o productos perecederos. Para salvar este obstáculo, aparece el concepto del transporte especial. A continuación vemos qué es el transporte especial y cómo solicitar autorizaciones específicas para realizarlo en España.

Definición de transporte especial por carretera

Se considera transporte especial cualquiera que esté sometido a normas administrativas especiales por diversos motivos. Estos pueden estar relacionados con el riesgo de la mercancía, la urgencia con que debe llegar a destino, la incompatibilidad con otros tipos de transporte, su repercusión social o su tamaño y peso. En cualquiera de estos casos, las autoridades pueden pedir autorizaciones específicas.

En el transporte de mercancías peligrosas o de productos perecederos, las empresas transportistas deberán contar con personal cualificado en ADR y ATP, respectivamente. Para el caso de grandes volúmenes, se introducen las Autorizaciones Complementarias de Circulación (ACC).

Normativa sobre transportes especiales

Existen normativas específicas para el transporte de mercancías peligrosas y perecederas. Estas se refieren tanto a características de la carga, su estiba y a las titulaciones específicas de quien conduce esos vehículos.

En cuanto a mercancías de grandes dimensiones, se incorporan condiciones específicas para su circulación en el Anexo III del Reglamento General de Circulación. Así, se considerará que necesita autorización especial cualquier transporte que se efectúe en vehículos que superen las siguientes características:

  • Longitudes:
    • 18,75 metros para trenes de carretera
    • 12 metros para camiones
    • 16,5 metros para vehículos articulados
  • Peso: 40 toneladas
  • Alto: 5 metros
  • Ancho: 2,55 metros

En función del tipo de carga y la naturaleza del vehículo, el Anexo III del Reglamento General de Circulación establece tres grupos de transportes especiales:

  • Grupo 1. Vehículos en régimen de transporte especial que superan las masas y/o dimensiones máximas debido a que la carga transportada resulta indivisible.
  • Grupo 2. Vehículos especiales agrícolas y sus conjuntos que superan las medidas máximas dadas.
  • Grupo 3. Vehículos especiales que, por construcción y diseño, superan las masas y medidas máximas de forma permanente.

Requisitos para realizar transporte especial

Una vez determinado que un transporte de mercancías entra dentro e la definición de transporte especial, habrá que pasar por una serie de requisitos administrativos. Estos serán la solicitud de una autorización específica, la cualificación del conductor o conductores que vayan a dedicarse a este viaje, y la toma de medidas específicas durante el transporte en sí.

Autorizaciones

En los transportes especiales motivados por dimensiones del vehículo y de la carga entran en juego las Autorizaciones Complementarias de Circulación. Estas deben solicitarse a la autoridad competente en materia de carreteras del territorio en cuestión: La DGT como norma general, la Dirección de Tráfico del Gobierno Vasco para carreteras del País Vasco, y el Servei Català de Trànsit en caso de circular por Cataluña. Asimismo, también habrá que contar con los ayuntamientos de cada municipio por el que discurra la ruta. Las autorizaciones pueden tener una validez de hasta dos años, dependiendo de las circunstancias del transporte y la solicitud.

Para presentar la solicitud de una Autorización Complementaria de Circulación será necesario aportar información sobre el vehículo, el conductor y la empresa de transporte. Además, y de forma general, habrá que exponer la ruta prevista, incluyendo origen, destino, paradas y vías por las que se circulará. Siempre habrá que tener en cuenta limitaciones al transporte en determinadas vías, así como horarios en los que ciertos tipos de vehículos tienen limitada la circulación.

Existen tres niveles de autorización, que se aplicarán en función de las características del vehículo y la carga:

  • Genérica. Deberá solicitarse para transportes realizados en vehículos de hasta 20,55 metros de largo, 4,5 metros de alto y un ancho de 3 metros. Además, el peso total no debe superar las 45 toneladas.
  • Específica. Será necesaria para transportes realizados en vehículos de hasta 40 metros de largo, 5 metros de ancho y 4,7 metros de alto. El peso total no debe superar las 100 toneladas.
  • Excepcional. Estas son las menos habituales debido al elevado peso máximo para ser de aplicación. Así, deberá solicitarse para transportes realizados en vehículos con las medidas de la autorización específica, y un peso máximo de hasta 110 toneladas.

Conductores

De la misma forma, existen requisitos de aplicación para los conductores que realicen este tipo de transportes. El requisito más básico será que dispongan de permiso de conducir de clase C1, C, C1+E, C+E con una antigüedad superior a un año. Este no debe hallarse en circunstancias de suspensión administrativa, y el conductor no debe tener ninguna prohibición judicial.

Además, deberán pasar un curso de formación inicial para transporte de mercancías peligrosas en un centro homologado por la DGT.

Durante el transporte especial los tiempos de conducción y descanso seguirán siendo de aplicación. También aparecerán nuevos límites de velocidad, determinados por el tamaño y la carga del vehículo.

Durante el transporte

Una vez obtenida la Autorización, el transporte deberá realizarse bajo ciertas condiciones. Estas tienen por objetivo una mayor seguridad en las vías empleadas, así como la integridad de la carga.

  • Uso de señal luminosa V-2 para indicar velocidad lenta y carga amplia.
  • Vehículo de acompañamiento. Por norma general, todo transporte especial debe ir acompañado de un vehículo piloto que circule en todo momento a una distancia de entre 40 y 50 metros, ya sea delante o detrás del vehículo sujeto a la autorización. Para transportes especiales realizados bajo autorización específica o excepcional, también se exigirá la presencia de agentes de policía o guardias civiles.
  • Requisitos especiales como horarios de tránsito específicos para cada región. También será necesario mantener una distancia de seguridad mayor, una correcta estiba de la carga, e incluso suspender el transporte especial si se dan condiciones adversas, como por ejemplo mal tiempo.

Conclusión

El transporte especial por carretera supone una interesante alternativa para cargas singulares. Sin embargo, también supone requisitos estrictos de cara a garantizar la seguridad en carretera. Su cumplimiento garantizará un transporte satisfactorio de mercancías de elevado volumen y peso, así como disponibilidad de dichas mercancías en casi todo el territorio español.

Servicios del tacógrafo digital
TADIG ofrece servicios de análisis del tacógrafo digital, además de custodia durante el periodo legal exigible, a empresas y autónomos.

Nuestros servicios incluyen:

  • Lectura automática de ficheros del tacógrafo digital
  • Guarda y custodia de datos del tacógrafo
  • Registro de jornada para chóferes
  • Alerta de faltas cometidas
  • Informes personalizables
  • Renovación de tarjetas
  • Apoyo administrativo

Y además:

  • Localización GPS
  • Gestión de flotas
  • Herramientas de descarga manual y descarga remota, en función de las necesidades del cliente

Póngase en contacto con nosotros para ver una demostración del servicio, o pida un presupuesto ajustado a sus necesidades.

Deja una respuesta

Los comentarios están abiertos a todos nuestros lectores, siempre y cuando cumplan nuestra política de comentarios.
 
Este no es un formulario de contacto, las solicitudes de tipo comercial hechas por esta vía no serán respondidas.
 
Los campos marcados con un asterisco (*) son obligatorios. Su dirección de correo no será publicada.

Información sobre protección de datos:
- Responsable: Qwi Tecnologías de la Información, S.L., y su marca asociada TADIG
- Fin del tratamiento: Controlar el spam y gestión de comentarios
- Legitimación: Su consentimiento
- Comunicación de los datos: No se comunicarán datos a terceros salvo por obligación legal
- Derechos: Acceso, rectificación, portabilidad y olvido.
- Contacto: info@qwi.es
- Información adicional: Más información en nuestra política de privacidad