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Velocidad máxima para camiones y otros vehículos industriales

Existen muchas diferencias entre conducir un turismo y un vehículo industrial de mayor tamaño. Sin embargo, una de las más relevantes es la diferencia de velocidad permitida en la red viaria española. Estas diferencias forman parte del temario obligatorio para obtener los permisos de conducción C y D. Además, está incluido como repaso en el CAP. Por nuestra parte, en TADIG procedemos a repasar la velocidad máxima para camiones y otros vehículos industriales.

Velocidad máxima para camiones por tipo de vía

La velocidad máxima para camiones y otros vehículos industriales varía en función del tipo de carretera por el que se circule. Ya hemos hablado anteriormente sobre los tipos de carretera que pueden encontrarse en España y, a continuación, vemos los límites de velocidad específicos para cada una.

Velocidad máxima para camiones en autopistas y autovías

En el caso de camiones, vehículos articulados, tractoras, furgonetas y furgones, la velocidad máxima en vías de circulación rápida como autopistas y autovías será de 90 km/h.

Si hablamos de autobuses y vehículos mixtos adaptables, la velocidad máxima será de 100km/h.

Recordamos que, si bien existe cierta tolerancia en este límite en caso de adelantamiento en algunos tipos de vías, esta no se aplica a las vías de circulación rápida. Por tanto, los límites de 90km/h o 100km/h son ineludibles.

Velocidad máxima para camiones en carretera convencional

En el caso de carreteras convencionales con un arcén mínimo de 1,5 metros de ancho, o más de un carril para uno o ambos sentidos, la velocidad máxima para camiones será de 80 kilómetros por hora. Por su parte, los autobuses y vehículos mixtos adaptables deberán ir por debajo de los 90 kilómetros por hora.

Velocidad máxima para camiones en otras vías fuera de poblado

Por norma general, la velocidad máxima para camiones fuera de poblado y en vías diferentes a las aquí vistas será de 70km/h. Este máximo será de aplicación para camiones, tractoras, furgonetas, furgones y vehículos articulados.

En el caso de autobuses y vehículos mixtos adaptables, el límite de velocidad general para estos casos será de 80 kilómetros por hora.

Regímenes especiales de velocidad máxima

Además de los límites de velocidad determinados por el tipo de vía, existen además condicionantes adicionales a estas, que también habrá que tener en cuenta. A saber:

  • Todas las velocidades máximas para autobuses aquí vistas se reducen en 10km/h durante transporte escolar o de menores.
  • Asimismo, todas las velocidades máximas para camiones se reducirán en 10km/h cuando estos transporten mercancías peligrosas.
  • Para autobuses en los que viajen pasajeros de pie, se establece un límite estándar de 80 kilómetros por hora para todo tipo de vías.
  • Los vehículos especiales tienen unas limitaciones de velocidad específicas:
    • 70km/h para transporte especial general.
    • 60 km/h para transporte especial con autorización específica y para autorizaciones excepcionales.

Los límites de velocidad y el tacógrafo

Las sanciones por exceso de velocidad son uno de los grandes riesgos de quienes pasan muchas horas en carretera. Sin embargo, también suponen posibilidad de sanción a través del tacógrafo. Esto es así porque el aparato de control almacena, además de los tiempos de conducción y descanso, información de los excesos de velocidad efectuados en el vehículo. Por tanto, un conductor de vehículos equipados con tacógrafo puede ser sancionado por exceso de velocidad no sólo en el momento de la infracción, sino hasta un año después, en caso de que reciban un requerimiento de inspección.

Conclusión

Conocer los límites de velocidad de las vías por las que transcurre nuestra ruta es un requisito indispensable para cumplir con la legalidad. En este caso, los límites de velocidad para camiones, autobuses y otros vehículos industriales son ligeramente inferiores a los generales, debido al riesgo que vehículos voluminosos o incluso con muchos pasajeros pueden sufrir a gran velocidad.

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