Una gran noticia acaba de llegar para miles de trabajadores del transporte en España: los conductores profesionales, camión, autobús y taxi, podrán acceder a la jubilación anticipada sin penalización, gracias a un nuevo marco normativo impulsado por el Gobierno.
Esta medida, largamente esperada por el sector, reconoce el alto desgaste físico y mental que supone una vida al volante y pretende ofrecer una salida digna y segura a los profesionales que han dedicado décadas a la carretera.
En este artículo te explicamos qué implica esta medida, cuándo entra en vigor y qué requisitos deberás cumplir si quieres beneficiarte.
¿Qué dice la nueva normativa?
El pasado 27 de mayo se publicó en el BOE el Real Decreto 402/2025, que regula los procedimientos para aplicar coeficientes reductores sobre la edad de jubilación en determinadas profesiones.
Entre ellas, se incluyen a los conductores profesionales de transporte de mercancías, pasajeros y taxis.
El objetivo es claro: mejorar la salud y seguridad de los conductores, y favorecer el relevo generacional en un sector que afronta un serio déficit de personal.
¿Por qué se aplica esta medida ahora?
El transporte por carretera arrastra desde hace años dos problemas clave:
- Un índice de siniestralidad elevado, especialmente entre conductores de edad avanzada.
- Una falta de relevo generacional, agravada por las condiciones exigentes del trabajo.
Con jornadas extensas, alta responsabilidad y un entorno de trabajo cambiante y físicamente exigente, muchos conductores llegan a los 60 años en situación de fatiga acumulada.
Continuar hasta los 67, como exige actualmente la ley general, puede poner en riesgo tanto su salud como la seguridad vial.
Este nuevo marco normativo pretende resolver esa incoherencia.
¿Cuáles son los requisitos para la jubilación anticipada?
Aunque algunos detalles aún están pendientes de desarrollo reglamentario, ya se conocen las bases principales.
Para poder solicitar la jubilación anticipada sin penalización, los conductores deberán:
- Haber cotizado al menos 10 años efectivos en el sector del transporte.
Tener 38 años y 3 meses de cotización total para jubilarse voluntariamente a los 63 años.
- En caso de jubilación anticipada involuntaria, podrán acceder desde los 61 años si tienen entre 36 y 38,2 años cotizados, según el caso.
- Justificar la exposición continuada a condiciones de esfuerzo físico prolongado o riesgo profesional, mediante certificados de empresa u otros documentos que defina la Seguridad Social.
La clave está en demostrar que se trata de una trayectoria profesional continuada y no de una actividad puntual en el transporte.
¿A quién beneficia esta medida?
Principalmente a:
- Conductores de autobuses interurbanos y urbanos.
- Transportistas de mercancías pesadas.
- Taxistas con años de trayectoria y cotización.
Además, esta normativa se complementa con otras medidas como el plan de ayudas de hasta 2.000 euros para la obtención de los permisos C y D, lo que demuestra un compromiso firme del Gobierno para revitalizar el sector.
¿Qué papel juega TADIG en todo esto?
En TADIG trabajamos cada día con flotas, gestores de tráfico y conductores. Sabemos lo importante que es tener la jornada laboral bien documentada, los datos del tacógrafo en regla y el historial profesional trazado.
Nuestra plataforma facilita:
- El registro fiable de la actividad laboral del conductor, clave para acreditar cotización y exposición.
- El control documental para inspecciones o trámites ante la Seguridad Social.
- La gestión integral de datos laborales y normativos con informes descargables.
Conclusión
Esta nueva normativa es una oportunidad para que los profesionales del volante accedan a una jubilación justa, segura y sin penalizaciones.
Si eres empresa, autónomo o gestor de flota, ahora más que nunca es clave tener todo el historial profesional de tus conductores bien gestionado.
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